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Preguntas frecuentes

Subsidio Familiar de Vivienda

Sí. Si el hogar se encuentra en condición de desplazamiento o víctima de la violencia y está afiliado a la caja de compensación familiar como empleado, puede acceder al Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) y, adicionalmente, obtiene un puntaje extra en el proceso de calificación, conforme a lo establecido en el Decreto 1077 de 2015.

Este puntaje adicional contribuye a una mayor probabilidad de recibir el subsidio, siempre que se cumplan los demás requisitos exigidos por la normativa vigente

La persona natural o jurídica que está legalmente habilitada para ofrecer, promover y establecer un vínculo jurídico directo con los hogares beneficiarios de un subsidio de vivienda, ya sea para adquirir, construir o mejorar una solución habitacional.

Pueden postularse al Subsidio Familiar de Vivienda los hogares que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Hogares afiliados y activos en la caja de compensación familiar, sin mora en los aportes.
  • Hogares con ingresos no superiores a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
  • Hogares que no hayan sido beneficiarios previamente de subsidios de vivienda otorgados por cualquier caja de compensación familiar o entidad estatal a nivel nacional.
  • Hogares que no sean propietarios de bienes inmuebles registrados a nombre de alguno de sus integrantes

Es el cálculo monetario que se estima para la construcción en sitio propio o mejoramiento de un proyecto. El total del presupuesto representa todos los costos y gastos que tendrá que asumir el propietario del proyecto para llevarlo a cabo.

VI-FOV-F035 VS 7 Formato presupuesto construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda

Es presentarse a una convocatoria para el Subsidio Familiar de Vivienda, cumpliendo con los requisitos exigidos en el proceso. Se debe tener en cuenta que el hecho de postularse no garantiza la asignación del Subsidio.

Inmovilizar cesantías significa bloquear o reservar una parte de las cesantías de un trabajador para que solo puedan utilizarse con un fin específico, generalmente relacionado con vivienda. Este proceso lo debo hacer en el fondo de Cesantías donde tenga consignados los recursos.

El avalúo catastral es la determinación del valor de un predio realizada por la autoridad catastral competente. Este valor aparece reflejado en el recibo del impuesto predial y debe presentarse como requisito en las modalidades de mejoramiento de vivienda y construcción en sitio propio.

Es una cuenta destinada exclusivamente a objetivos de vivienda, abierta en una entidad financiera, que permite acumular recursos de manera periódica para demostrar capacidad de pago y cubrir la parte del valor de la vivienda que no se financia con subsidios u otras fuentes. Se recomienda que estos recursos estén inmovilizados o que la cuenta sea de uso exclusivo para vivienda, con el fin de garantizar que se destinen únicamente a este propósito.

Para completar la solicitud, se deben presentar los siguientes documentos:

  • Carta de solicitud enviada al correo:
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del oferente o constructor
  • Comprobante de pago de la visita técnica
  • Fotocopia de la licencia de construcción del proyecto
  • Fotocopia de los recibos de servicios públicos domiciliarios o constancia de disponibilidad de dichos servicios

Para realizar esta solicitud, se debe remitir la siguiente documentación:

  • Solicitud formal enviada por correo electrónico a: indicando si se requiere la movilización de cesantías o la cancelación de la cuenta de ahorro programado.
  • Certificado expedido por la entidad financiera donde están depositados los recursos, en el que se indique el nombre y número de cédula del titular de la cuenta.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del titular.

El subsidio familiar de vivienda puede aplicarse a nivel nacional en proyectos de Vivienda de Interés Social (VIS) que se encuentren autorizados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y que cumplan con los requisitos técnicos, de viabilidad o de elegibilidad, según corresponda.

Una vez se radique la solicitud de pago con toda la documentación completa, el subsidio será desembolsado al oferente dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, siempre que la radicación de los documentos se realice dentro de los primeros quince (15) días de cada mes.

Para postularse al Subsidio Familiar de Vivienda, se requiere:

  • Afiliados dependientes: Contar con al menos 30 días de aporte realizados por el empleador.
  • Afiliados pensionados o independientes: Acreditar un mínimo de tres (3) años de aportes consecutivos del 2%.

Esta visita tiene un costo variable dependiendo de la ubicación de la vivienda. Para mayor información envía solicitud al siguiente correo:

Vivienda nueva:

Es aquella vivienda que no ha sido habitada con anterioridad, ubicada en suelo urbano o de expansión urbana y que cumple con las condiciones de Vivienda de Interés Social (VIS) o Vivienda de Interés Prioritario (VIP), según corresponda. En esta modalidad, el subsidio se aplica como parte del precio de compraventa de la vivienda adquirida por el hogar beneficiario. Para aplicar a esta modalidad se debe contar la con vivienda separada y se debe estar pagando la cuota inicial al constructor. Requisitos: Ingresa aqui para consultar

Mejoramiento de vivienda

La aplicación del subsidio familiar de vivienda para financiar obras o intervenciones locativas dirigidas a superar una o varias carencias básicas de la vivienda, tales como deficiencias en estructura, espacio, servicios públicos domiciliarios, seguridad, salubridad o habitabilidad general. Esta modalidad no implica ampliación del área construida para nuevas unidades habitacionales, sino la adecuación, reparación o mejoramiento de una vivienda ya existente, de propiedad del hogar beneficiario o sobre la cual tenga derecho de ocupación válido. Para aplicar a esta modalidad la vivienda debe estar libre de hipotecas o embargos. Requisitos: Ingresa aqui para consultar

Construcción en sitio propio

La aplicación del subsidio familiar de vivienda para la construcción de una vivienda en un lote o terreno de propiedad del hogar beneficiario, o sobre un bien inmueble respecto del cual se ostente un derecho real que permita edificar, siempre que el lote sea apto para uso residencial y cumpla con la normativa urbanística vigente. El subsidio se destina exclusivamente a la financiación de la construcción de la vivienda, nueva e independiente, y no a la compra del terreno. Para aplicar a esta modalidad el terreno debe estar libre de hipotecas o embargos y debe estar desenglobado:Requisitos: Ingresa aqui para consultar

Las fechas varían según la programación publicada en el portal web de Cajasan ingresando aqui

Se realizan de manera virtual en la plataforma de Cajasan, en las fechas indicadas en cada convocatoria.

El valor del subsidio familiar de vivienda depende del ingreso del hogar afiliado:

 
  • Si el ingreso está entre 0 y 2 SMMLV, el valor del subsidio es de 30 SMMLV.
  • Si el ingreso está entre más de 2 y hasta 4 SMMLV, el valor del subsidio es de 20 SMMLV.

De acuerdo con el Decreto 1077 de 2015, el Subsidio Familiar de Vivienda cuenta con una vigencia de treinta y seis (36) meses a partir de la fecha de su asignación.

Durante este plazo, el hogar beneficiario debe aplicar el subsidio en la modalidad correspondiente (vivienda nueva, usada, construcción en sitio propio o mejoramiento). Si el subsidio no se aplica dentro del tiempo establecido, puede perder su vigencia

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