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Pago de Aportes para Empresas

Información de interés del pago de aportes

¿Sobre qué se aporta? Sobre la totalidad de los pagos hechos por concepto de los diferentes elementos que integran el salario, en los términos de la ley laboral, incluidos descansos remunerados de ley y convencionales o contractuales.

Factores de liquidación de aportes

  • Salarios
  • Sobresueldos, jornales.
  • Salario en especie.
  • recargo por trabajo extra o suplementario.
  • Recargo por trabajo en días de descanso obligatorio.
  • Salario integral (70%), excluye el factor prestacional.
  • Comisiones o porcentajes sobre ventas de personal vinculado. laboralmente.
  • Pagos por unidad de tiempo, por obra o tarea.
  • Remuneración por trabajo a domicilio.
  • Remuneración a socios industriales pactadas como salario.
  • Viáticos permanentes en lo relativo a manutención y alojamiento.
  • Vacaciones.
  • Remuneración por contratos agrícolas.
  • Bonificaciones auxilios o primas extralegales de carácter habitual. Excepto que se hayan pactado por escrito como no constitutivas de salario.
  • Asignación básica.
  • Salario en especie (Alimentación, vestido y alojamiento).
  • Recargo por trabajo extra o suplementario.
  • Recargo por trabajo en días de descaso obligatorio.
  • Incremento por antigüedad.
  • Gastos de representación.
  • Prima técnica.
  • Auxilio de alimentación.
  • Prima de servicios.
  • Bonificación por servicios prestados.
  • Viáticos percibidos por funcionarios en Comisión (alojamiento y manutención).
  • Vacaciones disfrutadas por servicios públicos.
  • Auxilio de trasportes para empleados oficiales.
  • Bonificaciones, auxilios o primas extralegales de carácter habitual. Excepto las pactadas por escrito como no constitutivas de salario.

Fechas de pago

En convenio con ASOPAGOS S.A.S (nuestro operador de información), Cajasan ofrece a nuestros empleadores afiliados una forma rápida y segura de realizar el pago de los aportes a la seguridad social y parafiscales.

Día hábil

Dos últimos dígitos del Nit o documento de identificación

2 00 al 07
3 08 al 14
4 15 al 21
5 22 al 28
6 29 al 35
7 36 al 42
8 43 al 49
9 50 al 56
10 57 al 63
11 64 al 69
12 70 al 75
13 76 al 81
14 82 al 87
15 88 al 93
16 94 al 99

 

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Acerca del cumplimiento de pago de aportes

01

Decreto 1990 del 06 de diciembre de 2016

De conformidad con lo dispuesto por el Ministerio de Salud y Protección Social en el Decreto 1990 del 06 de diciembre del 2016, se modificaron los plazos y condiciones para la autoliquidación y pagos de los aportes que se deben realizar con destino a la Caja de Compensación Familiar, al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF, a Escuela Superior de Administración Pública ESAP y a Escuelas Industriales e Institutos Técnicos, y las demás obligaciones de nómina que realiza el empleador al Sistema de Seguridad Social Integral como son salud, pensiones y riesgos profesionales.

Descargar Decreto 1990 del 06 de diciembre de 2016

02

Decreto 923 del 31 de Mayo de 2017

El cumplimiento en las fechas de pago del aporte, evita a su Empresa inconvenientes en el pago del subsidio familiar monetario a los trabajadores afiliados y en la emisión de certificados de aportes y el pago de interés de mora.

El pago de la seguridad social fue definido teniendo en cuenta los números de los dos últimos dígitos del Nit para el caso de las empresas personas jurídicas y del Número de la cédula para el caso de las personas naturales y documento de identificación para independientes.

Descargar Decreto 923 del 31 de Mayo de 2017

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