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Derechos y deberes de los afiliados, beneficiarios y usuarios Salud

Derechos

  1. Acceder a los servicios sin que le impongan trámites administrativos adicionales a los de ley.
  2. Que le autoricen y presten los servicios incluidos en el Plan Obligatorio de Salud de manera oportuna y si usted requiere con necesidad uno que no esté incluido también lo puede recibir.
  3. Recibir por escrito las razones por las que se niega el servicio de salud.
  4. Que, en caso de urgencia, sea atendido de manera inmediata, sin que le exijan documentos o dinero.
  5. Que atiendan con prioridad a los menores de 18 años.
  6. Elegir libremente el asegurador, la IPS y el profesional de la salud que quiere que lo trate, dentro de la red disponible.
  7. Ser orientado respecto a la entidad que debe prestarle los servicios de salud requeridos.
  8. Que como cotizante le paguen las licencias y las incapacidades médicas.
  9. Tener protección especial cuando se padecen enfermedades catastróficas y de alto costo, sin el cobro de copagos.
  10. Que solamente le exijan su documento de identidad para acceder a los servicios de salud.
  11. Que le informen dónde y cómo pueden presentar quejas o reclamos sobre la atención en salud prestada.
  12. Recibir un trato digno sin discriminación alguna.
  13. Recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su intimidad.
  14. Recibir durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia médica disponible.
  15. Recibir servicios continuos, sin interrupción y de manera integral.
  16. Obtener información clara y oportuna de su estado de salud, de los servicios que vaya a recibir y de los riesgos del tratamiento.
  17. Recibir una segunda opinión médica si lo desea y a que su asegurador valore el concepto emitido por un profesional de la salud externo.
  18. Ser informado sobre los costos de su atención en salud.
  19. Recibir o rechazar apoyo espiritual o moral.
  20. Que se mantenga estricta confidencialidad sobre su información clínica.
  21. Que usted o la persona que lo represente acepte o rechace cualquier tratamiento y que su opinión sea tenida en cuenta y respetada.
  22. Ser incluido en estudios de investigación científica, sólo si lo autoriza.
  23. Que se respete su voluntad de donar o no sus órganos.

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