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Certificaciones

Certificaciones requeridas

  • Documento probatorio exigido por ley a los trabajadores beneficiarios que tengan personas a cargo y cuya edad se encuentre entre los 12 y hasta faltando un mes para cumplir los 19 años.
  • Los certificados de escolaridad, podrán ser diligenciados directamente por el establecimiento educativo reconocido por la autoridad pertinente, o a través del formato que envía Cajasan a sus empleadores.
  • Este certificado se renueva anualmente durante el mes de febrero.
  • En época de vacaciones podrá presentar el último boletín de calificaciones. Para quienes adelantan estudios postsecundarios deberán presentarlo semestralmente.

Tenga en cuenta que: 

Para asegurar la entrega efectiva de la cuota monetaria correspondiente a su núcleo familiar, Cajasan se permite recordarles a los trabajadores afiliados que deben presentar, antes del 28 de febrero, el CERTIFICADO ESCOLAR de sus hijos, hijastros o hermanos, próximos a cumplir el rango de edad entre los 12 hasta los 18 años (entiéndase por 18 años cumplidos hasta el mes anterior que cumple los 19 años, según Ley 789 de diciembre de 2002).

El trabajador debe presentar este documento por la persona a cargo beneficiaria del subsidio familiar debidamente diligenciado e incluyendo la información del plantel educativo con la firma.

Después de diligenciado, puede dar clic aquí para cargarlo desde nuestro sitio web o presentarlo en la Sede Administrativa Cajasan Puerta del Sol, primer piso (Carrera 27 No. 61-78) o en el Centro Integral de Servicios (CIS) de su municipio. Igualmente, puede entregarlo a un asesor Cajasan.

Ten en cuenta que el incumplimiento en la presentación del certificado escolar dará lugar a la pérdida de la cuota monetaria (artículo 6 Ley 21 de 1982 y Ley 789 de diciembre de 2002).

Medio probatorio establecido por ley y exigido por la Caja Santandereana de Subsidio Familiar, Cajasan, a los trabajadores con personas a cargo como hijos, padres legítimos o hermanos huérfanos de padres.

Acreditación de la discapacidad: Presentación de la certificación de discapacidad, que es un documento oficial, personal e intransferible que se entrega después de la valoración clínica multidisciplinaria y acredita la condición legal de persona con discapacidad, de acuerdo con las directrices expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
El trabajador deberá acreditar la discapacidad de sus beneficiarios y solo serán válidos Los certificados que se emiten por el Ministerio de Salud y Protección Social bajo la resolución 113 de enero de 2020

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